¿Q UÉ ES ENFERMEDAD LABORAL? Artículo 4° de la Ley 1562 de 2012, define como enfermedad laboral aquella que es contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar. El decreto 1477 de 2014, por el cual se expide la tabla de enfermedades laborales. siendo el presente decreto derogando el decreto 2566 de 2009. http://www.mintrabajo.gov.co/documents/20147/36482/decreto_1477_del_5_de_agosto_de_2014.pdf/b526be63-28ee-8a0d-9014-8b5d7b299500 Enfermedades más comunes Dolor de espalda Fatiga visual Síndrome de fatiga crónica Estrés y depresión Obesidad Malestares gastrointestinales Hipoacusia Dermatitis de contacto. Fuentes: http://prevencionar.com.pe/2019/01/31/caracteristicas-de-las-enfermedades-profesionales/ http://www.mintrabajo.gov.co/documents/20147/36482/decreto_1477_del_5_d...
Conforme lo dispuesto en el Artículo 3 de la Ley 776 de 2002, el afiliado tendrá derecho al pago de un subsidio equivalente al 100% de su salario base de cotización, calculado desde el día siguiente del que ocurrió el accidente de trabajo y hasta el momento de su rehabilitación, readaptación o curación, o de la declaración de su incapacidad permanente parcial, invalidez o su muerte, que estará a cargo de la Administradora de Riesgos Profesionales, y se reconocerá y pagará durante 180 días prorrogable por un periodo igual siempre que sea necesario para el tratamiento o rehabilitación del afiliado. Como habíamos descrito anteriormente el proceso de incapacidad por enfermedad o accidente laboral se empieza a reconocer desde el día siguiente al suceso, hasta cuando finaliza todo el proceso de recuperación y este será asumido no por la EPS sino por la ARL es importante tener en cuenta el direccionamiento que se realice desde el principio, como ejemplo juan ...
El despido de un empleado durante su incapacidad solo se dará con autorización del Ministerio del Trabajo. El artículo 4 la Ley 776 de 2002, dispone la obligación de los empleadores de ubicar en el mismo cargo o de reubicar en cualquier otra actividad para la cual tenga capacidad a los trabajadores que terminen los periodos de incapacidad. La obligación anterior también se encuentra establecida en los artículos 16 y 17 del Decreto 2177 de 1989, sobre readaptación profesional y el empleo de personas inválidas. En estos artículos se establece que todos los empleadores deberán reincorporar a los trabajadores inválidos en el cargo que desempeñaban antes de su accidente o enfermedad, si los dictámenes médicos determinan que éste se encuentra en la capacidad de desempeñarlo. De lo contrario, si no están en capacidad de seguir en su cargo original, pero al mismo tiempo esta incapacidad no origina el reconocimiento de pensión de inval...
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